En Chile, cada vez más personas deben pagar para acceder a espacios naturales que, durante generaciones, fueron lugares de libre tránsito y encuentro con la naturaleza. El acceso a parques y montañas se ha ido privatizando, mientras los pagos digitales, las plataformas privadas, los registros obligatorios y los códigos QR comienzan a convertirse en parte de la experiencia de acceder a estos lugares.
El modelo de acceso implementado y administrado por la Asociación de Parques Cordillera, que reúne a siete municipios y administra más de diez parques, ha establecido nuevas barreras para ingresar a estos espacios naturales. Conexión a internet, tarjeta bancaria y registro digital son ahora requisitos para acceder, y el pago en efectivo ha dejado de ser una alternativa.
Accesos privados y restricciones digitales para ir la montaña
Gran parte del territorio montañoso está clasificado como bien fiscal y, jurídicamente, pertenece al Estado. Pero un bien fiscal no es un bien privado del Estado: es un patrimonio que este administra en función del interés general, mientras que los bienes nacionales de uso público —como calles, caminos, playas, ríos y lagos— están destinados al uso de todos los habitantes. Un territorio que pertenece al Estado no puede terminar funcionando, en la práctica, como si fuera de acceso exclusivo para quienes pueden pagar o aceptar condiciones privadas. Deben existir caminos, corredores o servidumbres que conecten estos espacios con la vía pública, porque cuando no los hay, el acceso queda condicionado por terrenos privados y puede transformarse en un acceso pagado. Así, la montaña es de todos, pero sin vías de acceso garantizadas, su carácter de patrimonio común pierde sentido para quienes no pueden llegar hasta ella.
A esta barrera territorial se suma una segunda: la digital. Por ejemplo, para ingresar a parques administrados por Parques Cordillera, los visitantes deben primero registrarse y pagar a través de TUR, la plataforma privada de Copec. Los senderistas deben conectarse a internet, registrarse, entregar datos personales y pagar digitalmente con tarjetas bancarias. Lo que debería ser una salida libre a la montaña se transforma en una experiencia online, condicionada por el acceso bancario, la conexión a internet y los sistemas digitales. Quienes no pueden o no desean pagar digitalmente —adultos mayores, personas sin cuenta bancaria o quienes buscan desconexión o privacidad del rastreo digital— quedan excluidos del acceso a la montaña. En lugar de garantizar un acceso inclusivo con medidas públicas adecuadas, se traslada la responsabilidad a las personas: si no pueden adaptarse al sistema digital, entonces “no es seguro” que ingresen. La solución deja de ser mejorar la gestión y pasa a ser filtrar el ingreso mediante barreras tecnológicas.
En 2025, el Parque Mahuida, administrado por la Municipalidad de La Reina, anunció que el pago de entrada sería exclusivamente online o mediante tarjeta bancaria. Ante esta medida, el arquitecto Jorge Adedo Rovirosa sostuvo reuniones con la Delegación Presidencial, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), organismo público chileno encargado de proteger los derechos de los consumidores, y organizaciones de abogados, y preparó eventuales acciones judiciales. En 2026, antes de que dichas acciones avanzaran, el parque revirtió la medida y volvió a aceptar pagos en efectivo. A pocos kilómetros, el Parque Padre Hurtado, un amplio parque urbano cercado, también cobra entrada y ha sido usado reiteradamente para eventos privados, desplazando su rol público hacia fines comerciales. Incluso la junta de alcaldes que lo administra propuso destinar una sección para convertirla en parque acuático privado. No se trata de casos aislados, sino de una tendencia a transformar los espacios de uso público en negocios, mientras el Estado, en lugar de garantizar su carácter público y un acceso inclusivo, establece barreras que terminan obligando a los propios ciudadanos a organizarse y exigir que estos derechos sean respetados.

Publicaciones de Instagram de @parque_mahuida
El control digital, sin embargo, no se limita al pago. En el Parquemet, el Parque Metropolitano de Santiago, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo anunció que, desde diciembre, quienes quieran ingresar deberán registrarse con ClaveÚnica, el sistema de identificación digital del Estado chileno, y utilizar un chaleco reflectante con un código QR. La medida fue presentada como una respuesta a los riesgos asociados a ciclistas que circulan a alta velocidad. En lugar de abordar el problema con medidas de seguridad y gestión específicas, como señalización adecuada, control de velocidad y fiscalización, la medida impuesta es una nueva forma de identificación y control sobre los visitantes.
Incluso el discurso institucional resulta contradictorio. Quienes gestionan estos parques afirman “promover la conexión con la naturaleza”, pero en la práctica restringen el acceso espontáneo e inclusivo. Detrás de los eslóganes amables hay contratos, plataformas privadas, tarifas crecientes, un acceso condicionado por medios digitales y negocios. La lógica es evidente: se limita el acceso a la montaña y se reemplaza por una transacción mediada por sistemas bancarios y control digital. Pero no solo se paga con dinero: también se entrega información personal que alimenta bases de datos privadas y estatales, ampliando el modelo de negocio hacia la recopilación de datos y el control de usuarios. La montaña y los parques dejan de ser bienes comunes para convertirse en un “evento”, y quien los visita, en un cliente registrado y rastreable.

Derechos vulnerados y complicidad municipal
No se trata solo de una injusticia: existen principios jurídicos que limitan estas prácticas. La Constitución chilena garantiza el derecho a la igualdad de trato y existen normas que regulan el acceso y uso de bienes públicos.
La Ley del Consumidor también respalda este principio. El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha establecido que tanto las entidades públicas como los concesionarios de bienes de uso público están obligados a aceptar pagos en efectivo. Además, el artículo 31 de la Ley de Constitución del Banco Central de Chile establece expresamente que los consumidores tienen derecho a pagar en efectivo. Negarse a ello no solo restringe el acceso, sino que afecta de forma desproporcionada a personas mayores, niños, quienes se encuentran excluidos del sistema digital o bancario, y también a quienes eligen, por convicción o privacidad, no utilizar estos medios. Esta práctica no solo es socialmente injusta, no es ética y discrimina, sino que también vulnera garantías constitucionales y derechos fundamentales como la igualdad ante la ley y el libre acceso a bienes públicos. Además, para comprar una entrada en varios de estos parques se exige entregar una cantidad excesiva de datos personales, muchos de ellos sin una relación evidente con la compra o el uso de la entrada. La recopilación de estos datos debe responder a una finalidad determinada, ser necesaria y proporcional al servicio ofrecido y ajustarse a la legislación chilena sobre protección y tratamiento de datos personales.
Imponer exclusivamente mecanismos digitales para algo tan básico como el acceso a un parque puede entrar en contradicción con una gestión pública accesible e inclusiva.
Sin corredores públicos, el acceso a la naturaleza se privatiza
Existen además disposiciones legales vigentes que garantizan la existencia de corredores de acceso libre a entornos naturales. Sin embargo, mientras el acceso a playas y lagos cuenta con mayor reconocimiento y visibilidad, los corredores hacia ríos, cerros y otras áreas naturales son frecuentemente ignorados o derechamente inexistentes. Cuando no existe un corredor público habilitado, llegar a un río, un cerro u otro espacio natural puede depender de atravesar terrenos privados, aceptar las condiciones impuestas por sus administradores y, en muchos casos, pagar por hacerlo.
El problema adquiere una dimensión mayor cuando quienes administran estos accesos tienen también un incentivo económico asociado al cobro de entradas. En parques gestionados mediante concesiones privadas o cuyos ingresos benefician directamente a los municipios, garantizar un acceso público y gratuito puede entrar en tensión con el modelo de financiamiento. Cada visitante que utiliza un corredor público sin pagar representa, bajo esta lógica, un ingreso que deja de percibirse.
Así, la ausencia de corredores públicos no es un asunto meramente administrativo. Puede terminar convirtiéndose en una barrera estructural: el espacio natural continúa siendo de uso público, pero el camino para llegar hasta él queda sometido a condiciones privadas. La naturaleza puede ser pública, pero su acceso efectivo permanece en manos privadas. En este escenario, la discusión deja de ser únicamente cuánto cuesta entrar a un parque. El tema de fondo es quién controla los accesos, quién se beneficia de esa falta de alternativas y por qué, durante años, se permite que intereses públicos y privados terminen condicionando quién puede llegar a la montaña, por qué vía y bajo qué condiciones.
Un modelo de control digital
Chile se está convirtiendo, en silencio, en un laboratorio de control digital presentado como modernización. Mientras el debate debería apuntar al derecho de elegir cómo y cuándo interactuar con lo digital, aquí la tecnología se impone como condición obligatoria para acceder a derechos básicos como la naturaleza.
La paradoja es evidente: se promueven discursos de sustentabilidad e inclusividad, pero se avanza en la exclusión de quienes no pueden o no desean depender de sistemas digitales y de pago para acceder al espacio público. Cuanto menos soberana y menos informada es una comunidad, más fácilmente se acepta la digitalización forzada. La administración opera bajo una lógica excluyente, transformando lo público en un modelo de negocio. Los bienes comunes son canalizados a través de herramientas privadas, y monetizados por plataformas que no responden a ninguna comunidad. La naturaleza, que debería ser un derecho compartido, es ahora intermediada por sistemas que convierten el acceso en una transacción y la experiencia en un producto de consumo.

La montaña es de todos
La cordillera de los Andes no pertenece a corporaciones ni a plataformas privadas de entradas. Es parte del patrimonio natural común, y su acceso no debería depender de pagos, billeteras digitales ni barreras tecnológicas. Mientras no haya responsabilidad legal, gestión pública transparente y condiciones de acceso verdaderamente inclusivas, no estamos ante un sistema de parques; estamos frente a una privatización disfrazada.
La naturaleza no fue hecha para ser exclusiva. No reconoce clases sociales, no pide credenciales ni mide la conectividad de quien la recorre. La montaña no exige una tarjeta bancaria ni un formulario en línea para dejarte caminar sus senderos. Su grandeza está precisamente en lo contrario: es libre, abierta y pertenece a todos.
Convertir ese acceso en una transacción digital no solo restringe un derecho, sino que rompe el vínculo ancestral entre las personas y su entorno. Y quienes están llamados a proteger esos espacios, como los guardaparques y las instituciones públicas, no deberían actuar como agentes de control digital, sino como defensores del bien común. La naturaleza no debe convertirse en un privilegio. Mientras más barreras se levanten entre las personas y la tierra que habitan, más lejos estaremos de un acceso verdaderamente público a la naturaleza.